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martes, 17 de diciembre de 2013

Las falsificaciones y la pirateria


Es importante que la sociedad tome conciencia del daño que produce la compra-venta de falsificaciones y como el entorno influye al consumidor a la hora de decidir comprar o no un producto de imitación.

El fenómeno de la Pirateria perjudica los Derechos de Propiedad Industrial y Propiedad Intelectual. Lesiona la actividad creativa del país, destruye puestos de trabajo y deteriora el desarrollo económico, limitando su crecimiento. Este fenómeno favorece al crimen organizado, a las mafias e incluso al terrorismo. No debemos olvidar que al comprar imitaciones colaboramos con la proliferación de escenarios de competencia desleal, pues introducimos productos de baja calidad en el país, que es uno de los signos clave para evaluar la competitividad.


 En la Jornada “Desvirtualizando a Yo Soy Original” organizada por la Oficina Española de Patentes y Marcas en colaboración con ANDEMA tuve el placer de compartir mesa redonda junto a excelentes profesionales como Mónica Castilla Jefe  del  Área  de   Difusión,   Comunicación   y   Relación   con   la   Empresa de la OEPM, Marisa González Subdirectora General de Gestión Aduanera (AEAT), Jesús  Martín Representante  del  Cuerpo  Nacional  de  Policía, o Miguel  Angel  Ortego,  en  representación  de  POLO  RALPH  LAUREN, entre otros.

Una interesante reunión de profesionales unidos para promocionar la cultura de la ilegalidad en la compra-venta de falsificaciones, que nos permitió reflexionar sobre los medios más adecuados para combatirla en el mercado nacional. Entre todos aunando esfuerzos lograremos que sea rechazado este ilícito.

Pero ¿qué impulsa al consumidor comprar un producto falso?




Dos recientes estudios fueron presentados en la Jornada uno, dirigido por Juan de Lucio Director del Departamento de estudios del Consejo Superior de Cámaras de Comercio sobre “La actitud del consumidor frente a las falsificaciones” encargado por la OEPM Y ANDEMA; y otro presentado por Nicole Semjevski, Responsable  del  Área    de  Operaciones  y  Proyectos   del   Observatorio   Europeo   sobre   Infracciones   de   Derechos   de   Propiedad   Intelectual “Los   ciudadanos   europeos   y   la   Propiedad   Intelectual   e   Industrial:   percepción,  concienciación  y  conducta”.

De estos estudios pudimos conocer cifras y sacar conclusiones muy interesantes.

El 12,4% de la población declara haber consumido falsificaciones en 2012. Es decir, solemos reconocer cuando estamos ante un producto falsificado y, a pesar de ello, compramos el producto a sabiendas.



Uno de cada tres ciudadanos señala conocer en su entorno personas que compran falsificaciones. El entorno nos influye de tal modo que, si mi entorno rechaza la compra de falsificaciones yo tendré menos disposición a comprar una falsificación.
En cuanto a los factores que los compradores tenemos mas en cuenta a la hora de comprar falsificaciones son: por un lado el precio y la utilidad similar al original. En un segundo nivel de factores encontramos la curiosidad, una calidad similar, la moda o el prestigio. Siendo el publico adolescente el mayor consumidor de productos falsos.


Los mercadillos y los rastros continúan siendo los lugares más frecuentes de compra-venta de falsificaciones, y el principal centro de distribución tanto para la adquisición consciente de las falsificaciones como la compra involuntaria.

El “Top Manta” es el segundo canal de distribución de productos falsos. Todo ello aderezado de un acto socialmente aceptado, en el que se mezclan sentimientos compasivos, en muchas ocasiones a favor del inmigrante sin papeles. Esta es una estrategia dirigida por organizaciones ilegales y mafias perfectamente organizadas que utilizan a los más desfavorecidos y manipulan al consumidor, permitiendo que olvidemos los efectos negativos que provoca esta actividad ilegal en el comercio. 



El 90% de las falsificaciones reduce la recaudación de las AAPP, crea problemas para las PYME, reduce la innovación, destruye el empleo, atenta contra la salud y es una actividad relacionada con el crimen organizado siendo este último dato el señalado por el 73% de la población.  Sin darnos cuenta olvidamos que detrás de la fabricación de un articulo falso, favorecemos el tráfico de drogas y la explotación infantil. No debemos olvidar que el que hoy viola uno de tantos derechos de Propiedad Industrial vulnerados, podría convertirse en la víctima de mañana.

Por eso desde el punto de vista del consumidor, ¿por qué a pesar de ser conscientes de los daños que provoca este consumo resulta atractivo comprar algo falso? Os invito a reflexionar.

Los resultados de los estudios señalan que el gasto total en falsificaciones de la economía española asciende a casi 1.000 millones de euros, lo que supone un 0,1 % del PIB.

En la Jornada estuvimos analizando como reducir la adquisición de falsificaciones para evitar la “tentación compra” mediante  la concienciación social. En mi opinión, es imprescindible que la sociedad ayude a condenar esta situación de marginación y explotación. Debemos insistir en que la compra de falsificaciones es altamente perjudicial, y la compra de productos falsificados debería generar un profundo rechazo social en nuestro entorno social.

No debemos olvidar que los segmentos más afectados por las falsificaciones son: los artículos de vestir, la cosmética, la marroquinería, los complementos, el sector deportivo, el calzado, la relojería, la joyería y la bisutería. Es muy importante saber la importancia de la fiabilidad de ese producto falsificado pues el producto de marca debería garantizar el estilo de vida deseado.

Paralelamente nos topamos con los titulares de las marcas que son falsificadas yque ven copiados sus productos. Siguiendo con mi exposición en la Jornada, considero que no debemos olvidar que deben ser los titulares de sus propias marcas los que tomen medidas para combatir la piratería, bien combinando las medidas legales para la defensa de su marca, como adquiriendo derechos sobre sus propios productos mediante el registro de la marca, diferenciando su producto en el mercado. Si tu marca es lo suficientemente diferente en el mercado será mas difícil que otros la copien.


Muchas marcas falsificadas hasta la saciedad como LV o Ralph Lauren han acercado al consumidor medio sus productos. Lo que algunos llaman “democratización del lujo”. De este modo, el consumidor prefiere comprar el producto original pues la copia ya no sale tan “rentable”, y entre ambos la diferencia de precio es mínima. Es muy importante no olvidar que la calidad de tu producto unido a “el saber hacer” debe convencer al consumidor. De este modo, la copia siempre será rechazada, su calidad será valorada y el consumidor será quien rechace directamente la copia, en cualquier caso.

A su vez, los titulares de los productos deberían colaborar con las autoridades tanto nacionales como internacionales y agencias de monitorización del uso en Internet, para limitar que se propague la piratería y demostrar que llevar a cabo estas acciones ilegales comporta consecuencias jurídicas reales. Para ello deberían acudir a las autoridades aduaneras, judiciales y policiales para detectar productos falsificados  y dispositivos infractores.



También el imperio chino estuvo presente en nuestras reflexiones. China sigue siendo el origen por excelencia de las falsificaciones junto con Marruecos o Hong Kong. Por ello si se desea exportar un producto a estos países no debemos olvidar protegerlo en el país destinado a su comercialización, acudiendo a expertos en Propiedad Industrial para adquirir derechos en el país de destino, ya que en caso contrario estamos expuestos a ser copiados si el producto es bueno.  Proteger la marca correctamente y establecer una estrategia adecuada de protección en Propiedad Industrial hará que sea más difícil que otros copien tu producto.

domingo, 17 de febrero de 2013

Los Premios Goya o Los Goya? Una Marca polémica y un premio con historia


Ayer estuve en el Museo de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, cuya exposición permanente alberga un bellísimo busto en mármol del artista valenciano Mariano Benlliure. Nada más contemplar la obra fue inevitable pensar en ”Los Goya”. Se trata del mismo busto. ¿Casualidad? No, Derechos de Autor.

 Fotografia del busto de Mariano Benlliure Real Academia de Bellas Artes de San Fernando

Los Goya son los premios otorgados por la Academia de Cine (1987), representados en un primer momento por un busto de Goya del escultor Miguel Berrocal, “inspirado” en el busto que Mariano Benlliure esculpido en 1902, un monumento a Goya, una de cuyas primeras fundiciones en bronce puede verse en una de las salas del Museo del Prado dedicadas a Goya.


                                                            Fotografia del busto de Mariano Benlliure 

 El monumento, fue un encargo del Ayuntamiento de Madrid para embellecer la ciudad con motivo de la mayoría de edad del rey Alfonso XIII. Cuando D. Antonio Giménez Rico ocupó la presidencia de la Academia, se encargó un nuevo busto-estatuilla al escultor José Luis Fernández que, según un artículo publicado en El País el 3 de febrero de 2001 se inspiró de nuevo en el busto de Goya de Benlliure y en los autorretratos del artista. Con una diferencia, pesaba cerca de 15 kilos, y contenía un mecanismo interno que cuando se ponía en marcha activaba una cámara de cine de la cabeza de la figura. Precisamente por su peso, decidió cambiarse por un diseño de José Luis Fernández, un artesano de Torrejón de Ardoz. "Las únicas condiciones que me pusieron para crear la figura es que fuese un busto de Francisco de Goya, que no pesara mucho y que tuviera un tamaño no muy grande para que fuese fotogénico"-afirmó  José Luis.  

Lo cierto es que si comparamos dicho busto con el original de Benlliure son tan parecidos que cuesta mucho pensar en una simple inspiración.

Parece ser que durante la presidencia de D. José Luis Borau, se intentó  sustituir el busto de Goya de Fernández por una reproducción del original realizado por Benlliure, llegando a contactar con los descendientes del escultor que autorizaron desinteresadamente que se reprodujera la escultura para ese motivo. Por alguna causa desconocida para la Fundación Benlliure dicho proyecto no se realizó y continuó entregándose la misma estatuilla.

El busto de Goya de Fernández reproduce cada uno de los detalles desde los rizos del pelo o de los pliegues de su pechera, al gesto y la expresión de la cabeza de forma algo mas suavizada, los rasgos de la obra de Benlliure. Además, se ha extendido la idea, más o menos generalizada, de que la estatuilla es del mismo Benlliure, lo cual preocupa enormemente a la Fundación Benlliure.

Marca comunitaria tridimensional concedida a la Academia 

La propia Fundación afirma en su web que  “En estos momentos en que en el Ministerio de Cultura existe una clara postura de defensa y protección de los derechos de autor, sería recomendable que se tomaran medidas para que una institución dependiente de él, como la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España, cuidase más su imagen y no utilizase para premiar una de las Artes una estatuilla de tan dudosa gestación.”

Lo cierto es que en torno a la Marca "Los premios Goya" también he encontrado polémica, ya que desde el 2004 la Academia de Cine decidió ese año no utilizar por prudencia el término “Premios Goya”. Ese año se hacia referencia a los Premios Anuales de la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas, ya que estaba pendiente una resolución de un recurso presentado ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, que otorgaba el uso exclusivo de la Marca a la Asociación de Fotógrafos Profesionales de Zaragoza.
Esta asociación tiene concedida su marca Premios Goya desde el 2000, y la Academia finalmente desde 2009, pero la asociación fotográfica recurrió esta concesión y su recurso fue aceptado en junio de 2003, y la Academia no dudó en recurrir. 
A pesar de la polémica ambas marcas en la actualidad conviven en el mercado y no solo eso, la Academia ha solicitado el busto de Goya como marca tridimensional y ha sido concedida. 


domingo, 10 de febrero de 2013

Mango infringe los Derechos de Autor de Tuana Art


Infringir Derechos de Autor parece que está de moda. Esta vez Mango ha sido quien ha tenido que pedir disculpas. El artista Tuana Aziz un fotógrafo irakí afincado en Suecia vio como su obra era explotada sin haberle pedido consentimiento alguno. Las fotografías son objeto de protección ya que constituyen el resultado de un trabajo de gran valor comercial.



Como en la mayoría de las ocasiones los hechos ocurrieron de forma casual, Tuana  recibió un correo electrónico de un amigo que había comprado una camiseta y se dio cuenta de la imagen estampada era su fotografía. Fue entonces cuando Tuana, sorprendido por la osadía, se puso en contacto con Mango a través de las redes sociales y posteriormente por teléfono. Mango pidió disculpas en la red y retiró las camisetas.



No es la primera vez surge este tipo de problemas, en este caso Mango ha intentado exonerase de responsabilidad echándole la culpa al proveedor.




Corresponde al autor el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de su obra en cualquier forma y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, que no podrán ser realizadas sin su autorización.

No hay que olvidar que cuando Mango vende las camisetas con la fotografía de Tuana se está infringiendo el derecho de reproducción art.18LPI, distribución art. 19LPI, comunicación pública art.20LPI y transformación art. 21LPI. Es el autor quien decide quien podrá utilizar la obra y quien no.


El autor en estas circunstancias puede exigir el respeto a la integridad de la obra impidiendo cualquier deformación, modificación, alteración o atentado contra ella, que ponga en perjuicio sus intereses, y atenten al honor y la reputación del autor.

De igual modo, el autor tiene derecho en estos casos a que se reconozca la autoría de la obra fruto de su ingenio, y ningún caso la empresa infractora ha vinculado la fotografía con su autor. Es más, la existencia de animo de lucro por parte de Mango, al vender la obra estampada en camisetas produce claramente un aprovechamiento indebido del esfuerzo ajeno.

La postura de Mango ha sido muy prudente y acertada retirando las camisetas del mercado y al parecer ha mostrado una actitud dialogante con el autor, ya que inclusive ha pedido disculpas públicamente en Twitter.





domingo, 27 de enero de 2013

Utilizar fotografías ajenas y sus problemas en materia de Derechos de Autor


Hace unos meses conocí la noticia: La artista internacional Dascha Friedlova había utilizado sin autorización una imagen de la futura exposición fotográfica Project Dance del diseñador Jose Matteos, participante en pasarelas como Mercedes Benz Madrid Fashion Week.



El diseñador, que inició este proyecto fotográfico en el 2010, tuvo conocimiento  a través de uno de sus seguidores de Facebook, que había gran similitud de una de sus fotografías del proyecto de danza con varios collage que la artista americana Dascha Friedlova tenía en su página de Facebook.

La fotografía (anteriormente indicada en lineas anteriores) fue tomada por el diseñador, en el 2010 en el abandonado Sanatorio de Cesuras en La Coruña, ha sido publicada en la web de Vogue Italia y contó con la colaboración de la bailarina y actriz Sandra Varela que actualmente reside en Los Ángeles.

El autor de la obra intentó ponerse en contacto con la supuesta “infractora” para que se retirara los collages en los cuales se utilizaba la fotografía y al no tener respuesta, ni por parte de la artista, ni de facebook, Jose Matteos tomará las medidas legales oportunas por la difusión sin autorización de la fotografía en cuestión en varios collages de la que Jose Matteos es autor.

Este tan solo es un ejemplo, son muchos los casos similares a este que están surgiendo con las nuevas tecnologías y como no, con los blogs. Manipular el trabajo ajeno sin pedir permiso parece que está de moda e incluso los medios de comunicación cometen este tipo de infracciones.

Hay que tener en cuenta la finalidad, ya que se pueden tomar fotos sin autorización previa si se utilizan sólo con fines privados. Por ejemplo, tomar una foto de un cuadro para pegarla a su frigorífico generalmente no constituirá una infracción del derecho de autor.

Pero como regla general, se necesita permiso si la parte utilizada de una obra protegida por derecho de autor es una "parte sustancial" de esta obra.

Se considera sustancial toda parte que sea importante, esencial o distintiva. Sin embargo, no hay, ni puede haber, una regla general sobre la parte de una obra que puede utilizarse sin permiso previo. A menudo, la calidad de lo que se utiliza puede ser más importante que la cantidad. La determinación de lo que es una "parte sustancial" se realiza caso por caso, en función de hechos y circunstancias particulares.

En caso de duda, siempre es mejor solicitar permiso previamente al titular del derecho de autor.

Otras actividades cuyo derecho exclusivo corresponde al titular del derecho de autor, y para las que se necesita permiso, son:

  • Hacer copias de una obra, digitalizarla, fotocopiarla, reproducir obras digitales, etc.;
  • Hacer un collage de diferentes fotografías o imágenes; añadir nuevos elementos artísticos a una obra existente (por ejemplo, colorear una fotografía en blanco y negro);
  • Fotografiar la obra de una persona y exponer la fotografía al público (por ejemplo, exhibirla en una galería, distribuir al público reproducciones en forma de tarjetas postales, ponerla en un sitio Web, enviarla por correo-e a clientes, etc.).
Muchos artistas gráficos, medios de comunicación o bloggers modifican las fotografías de Internet y en muchas ocasiones las adaptan mediante programas de tratamiento de imágenes. Con frecuencia, estas imágenes modificadas se emplean en revistas, libros o anuncios publicitarios.

Uno de los derechos exclusivos del titular del derecho de autor es el de crear obras derivadas de su obra, nuevas obras basadas en la obra original o adaptadas a partir de ésta. Por tanto, es preciso tener cuidado si se manipulan digitalmente imágenes que son de otros, ya que probablemente esto constituya una infracción del derecho de autor, a no ser que se haya obtenido previamente el permiso del titular de los derechos.

Si introducimos algunos cambios en la obra de algún artista o la cambiamos de contexto, necesitaremos asegurarnos de que respeta la integridad de la obra y no daña la reputación u honor del autor.

Recuerda que:

·   La mejor forma de protegerse contra las demandas es conseguir el consentimiento previo por escrito del sujeto de la fotografía, o del titular del derecho de autor de cualquier objeto o propiedad que vaya a fotografiar. Aunque sea legal fotografiar sin autorización, puede ser aconsejable conseguir un permiso. De hecho, muchos anunciantes y otros clientes potenciales piden autorizaciones de difusión antes de comprar los derechos de utilización de una fotografía.

·      Si se concede una licencia a un cliente para utilizar una determinada imagen con fines de producción, venta o publicidad, deberá pedírsele que pague una indemnización por cualquier problema que se derive del uso bajo licencia de la imagen. En general, esto se hace a través de una cláusula de indemnización que contiene el contrato de licencia.

·   En caso de que no se haya obtenido el consentimiento escrito para una determinada fotografía, una buena idea puede ser incluir un descargo de responsabilidad en el reverso de la fotografía, indicando por ejemplo: "esta fotografía no puede ser modificada para uso comercial o publicitario ni puede ser copiada o reproducida en forma alguna sin el permiso del fotógrafo." Esto puede limitar la responsabilidad en caso de que alguien haga un uso no autorizado de la fotografía






Gracias a lien Verbauwhede por sus valiosos comentarios y orientaciones y a José Matteos por su colaboración.